Convenio de colaboración entre la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias, y el Consejo Insular de Aguas de La Gomera, para la ejecución conjunta del proyecto del “PERTE DE DIGITALIZACIÓN DEL CICLO DEL AGUA, OBJETIVO A”
197/2023
Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias.
El Presidente del Excmo. Cabildo Insular de La Gomera y del Consejo Insular de Aguas de La Gomera
Es objeto del presente convenio establecer el marco de cooperación entre las entidades firmantes para la realización de la actuación del “ PERTE de digitalización del ciclo del agua, objetivo A”, dentro de la Inversión 3: “Transición digital en el sector del agua”, del Componete 5: “Preservación del litoral y recursos hídricos”, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. La actuación va dirigida a impulsar decididamente los trabajos de desarrollo de los sistemas digitales de soporte del Registro de Aguas, Catálogo de Aguas, de los sistemas de comunicación con el Registro Central y de los sistemas de consulta y acceso de interesados y público en general, en los términos que corresponda y con las debidas garantías de seguridad y privacidad. El conjunto de actuaciones incluidas en la Inversión 3, contribuyen al cumplimiento del objetivo 79, “Puesta en funcionamiento de herramientas para mejorar el conocimiento y el uso de los recursos hídricos, y para registrar las precipitaciones y otros datos meteorológicos”. En definitiva, esta inversión persigue la mejora del conocimiento y el uso de los recursos hídricos.
Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias.
Financiar los trabajos objeto de este convenio.
El plazo de vigencia del presente convenio será hasta el 1 de junio de 2026.
El plazo de vigencia del presente convenio será hasta el 1 de junio de 2026, tiempo necesario para la realización de los trámites relativos a la contratación o encargo de los trabajos y ejecución de los mismos. Previo a la finalización del plazo de vigencia, las partes podrán acordar la prórroga en los términos previstos en el artículo 49, letra h) 2º, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En trámite
Consejo de Gobierno Insular